Together Visa es una empresa colombiana de abogados de inmigración que presta los servicios de asesoría relacionados con la aplicación y obtención de los Permisos de Ingreso y Visas para permanencia en Colombia y para la aplicación y obtención de las visas de no-inmigrante o inmigrante a los Estados Unidos.
La asesoría para la aplicación y obtención de los Permisos de Ingreso y Visas para permanencia en Colombia, de acuerdo con la Resolución 5477 de 2022 de fecha 22 de julio 22 del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
La asesoría para la aplicación y obtención de las visas de no-inmigrante o inmigrante a los Estados Unidos de acuerdo con La Ley de Inmigración y Nacionalidad de ese país.
Permisos de Ingreso y Visas para permanencia en Colombia
Los tres tipos de visas vigentes en Colombia son las siguientes:
Visitante (V), Migrante (M) y Residente Permanente (R), con sus correspondientes categorías:
Visa de visitante (V)
Categorías:
1. Tránsito aeroportuario
2. Turismo
3. Negocios
4. Estudiante
5. Tratamiento médico
6. Trámites Administrativos y/o judiciales
7. Tripulante
8. Trabajador agrícola de temporada
9. Eventos
10. Religioso
11. Estudiante/Voluntario religioso
12. Voluntarios o cooperantes
13. Producciones cinematográficas o documentales de gran formato.
14. Nómada Digital
15. Cubrimiento Periodístico
16. Corresponsal permanente
17. Asistencia Técnica
18. Empresarios TLC
19. Oficiales no acreditados
20. Vacaciones y Trabajo
21. Práctica laboral
22. Prestador de Servicios-obra o labor
23. Fomento a la internacionalización
24. Rentista
25. Casos no previstos
Visa tipo V de cortesía
1. Diplomáticos Visitantes
2. Programa ICETEX
3. Convenios internacionales
4. Ley de Cine
5. Medida complementaria
6. Para casos no previstos
Visa de Migrante (M)
Categorías:
1. Cónyuge de nacional colombiano(a)
2. Compañero(a) permanente de nacional colombiano(a)
3. Madre o padre de nacional colombiano por adopción
4. Padre o madre de nacional colombiano por nacimiento.
5. Migrante Mercosur
6. Migrante Andino
7. Refugiado
8. Trabajador
9. Socio o Propietario
10. Profesional Independiente
11. Pensionado
12. Fomento a la internacionalización
13. Inversionista
14. Apátrida
Visa de Residente Permanente (R)
Categorías:
1. Por Renuncia a nacionalidad
2. Por tiempo acumulado de permanencia en Colombia
3. Por aplicación del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes
Venezolanos
4. Residente Especial de Paz
Requisitos Generales:
Toda solicitud de visa deberá reunir los siguientes requisitos generales:
1. Diligenciar formulario de solicitud de visa de forma electrónica disponible en la página de internet de la entidad.
2. Aportar fotografía digital reciente, a color y con fondo blanco; el rostro debe estar de frente a la cámara y con expresión neutra, la cabeza completa y centrada: ambos ojos deben estar abiertos; ni el cabello ni accesorios deben cubrir la cabeza o el rostro; la imagen de la foto debe estar nítida y tener buena resolución, el tamaño no debe ser superior a 300 kb; no puede contener otras imágenes diferentes al propio rostro de la persona. de acuerdo con las especificaciones técnicas dadas en el formulario electrónico de solicitud de visa.
3. Contar con un pasaporte, documento de viaje o Laissez Passer que, siendo expedido por Autoridad, Organización Internacional o Estado reconocido por el Gobierno de Colombia, tenga una vigencia mínima de seis (6) meses al momento de la solicitud de la visa, se encuentre en buen estado y con hojas libres para estampar la etiqueta de visa, en los casos en que se requiera. Aportar copia de la página principal de dicho pasaporte, documento de viaje o Laissez Passer vigente donde aparecen registrados los datos personales o biográficos del titular.
4. Los extranjeros que soliciten visa encontrándose en el territorio colombiano deberán aportar copia de la página del pasaporte en la que se encuentra el sello más reciente de entrada al país o autorización de ingreso equivalente expedida por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, o salvoconducto para demostrar su permanencia regular en el territorio.
5. Los ciudadanos de nacionalidades eximidas de visa de corta estancia mediante resolución, que soliciten su visa en territorio de un Estado distinto al de su nacionalidad, deberán aportar copia del documento que de conformidad con las normas migratorias del país en el que se hallen, acrediten su estancia regular. Los ciudadanos de nacionalidades no eximidas de visa para corta estancia que soliciten visa en un país distinto al de su nacionalidad, deberán aportar copia del documento que acredite su estatus migratorio como residente.
Los extranjeros que gocen de varias nacionalidades, diferentes de la colombiana, deberán informar al momento de su ingreso al territorio nacional dicha condición identificándose con una sola nacionalidad para su ingreso, permanencia, trámite de visa y salida del territorio nacional. Las visas obtenidas con una nacionalidad no son transferibles a la otra nacionalidad que ostente.
Los extranjeros de nacionalidades no exentas de visa para visitas de corta estancia, de conformidad con la resolución vigente en la materia, deberán hacer su solicitud en línea. Si la Autoridad de Visas e Inmigración e Inmigración considera necesario verificar físicamente la documentación aportada en línea, puede requerir que se presenten en la sede, con la documentación física.
Sin perjuicio de lo anterior, la Autoridad de Visas e Inmigración, cuando estime necesario establecer la veracidad de la documentación o de la información aportada por el extranjero respecto de las actividades a desarrollar en el país, podrá solicitar la presentación física de la documentación de soporte y citar a entrevista al extranjero para el estudio y decisión sobre la solicitud.
En el caso de los ciudadanos venezolanos que se encuentren incluidos en el Artículo 4o del Decreto 216 del 21 de marzo de 2021, “Por medio del cual se adopta el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos Bajo Régimen de Protección Temporal y se dictan otras disposiciones en materia migratoria”, para el trámite de visa de Residente señalado en los parágrafos 1 y 2 del Artículo 11 de dicha norma, en vez de pasaporte, se podrá aceptar para trámite de visa el Permiso por Protección Temporal (PPT) expedido por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia. El trámite de esta visa se podrá efectuar de manera automática mediante interoperabilidad de plataformas digitales institucionales.
Visas de no-inmigrante o inmigrante a los Estados Unidos
Directorio de categorías de visas
El propósito de su viaje previsto y otros hechos determinarán qué tipo de visa se requiere según la ley de inmigración de los EE. UU. Como solicitante de una visa, deberá establecer que cumple con todos los requisitos para recibir la categoría de visa que está solicitando. Cuando presenta su solicitud en una embajada o consulado de los EE. UU., un funcionario consular determinará, según las leyes, si es elegible para recibir una visa y, de ser así, qué categoría de visa es apropiada.
Categorías de visa de no inmigrante:
Entre los diferentes propósitos de viaje temporales existen los siguientes tipos de categorías de visas de no inmigrante:
Au pair (exchange visitor) - J
Business visitor - B-1
Domestic employee or nanny - B-1
Exchange visitor - J
Foreign national with extraordinary ability in Sciences, Arts, Education, Business or Athletics - O
Medical treatment, visitor for - B-2
Physician - J , H-1B
Professor, scholar, teacher (exchange visitor) - J
Religious worker - R
Specialty occupations in fields requiring highly specialized knowledge - H-1B
Student: academic, vocational - F, M
Temporary agricultural worker - H-2A
Temporary worker performing other services or labor of a temporary or seasonal nature - H-2B
Tourism, vacation, pleasure visitor - B-2
Training in a program not primarily for employment - H-3
Treaty trader/treaty investor - E
Transiting the United States - C
Victim of Criminal Activity - U
Victim of Human Trafficking - T
Nonimmigrant (V) Visa for Spouse and Children of a Lawful Permanent Resident (LPR) - V
Visas de inmigrante a los Estados Unidos
Entre las principales categorías de visas de inmigrante a los Estados Unidos se encuentran las siguientes:
Immediate Relative & Family Sponsored:
Spouse of a U.S. Citizen - IR1, CR1
Spouse of a U.S. Citizen I-130 immigrant - K-3
Fiancé(e) to marry U.S. Citizen & live in U.S. - K-1
Intercountry Adoption of Orphan Children by U.S. Citizens - IR3, IH3, IR4, IH4
Certain Family Members of U.S. Citizen - IR2, CR2, IR5, F1, F3, F4
Certain Family Members of Lawful Permanent Residents - F2A, F2B
Employer Sponsored – Employment:
Priority workers - EB1
Professionals Holding Advanced Degrees & Persons of Exceptional Ability - EB2
Professionals and others workers - EB3
Certain special inmigrants - EB4
Employment creation / investors - EB5